La entrada sobre aborto se refiere a la caracterización del evento y la búsqueda del origen de la palabra desde el latín.
Por otro lado, poner en evidencia los actores que están en juego en el acto de abortar: las mujeres y personas gestantes, los profesionales de la salud, la Justicia, las iglesias. En el caso argentino es de gran relevancia el peso político y social de la iglesia católica sin dejar de reconocer la existencia de otras religiones con una importante impronta en el campo social. El movimiento de mujeres ha sido otro actor central que ha desplegado, a través de formas organizativas diversas, innumerables acciones y argumentos para la legalización del aborto.
Finalmente, se abordan los argumentos de los grupos anti derechos y quienes están a favor del aborto poniendo el eje en el concepto de vida.
ABORTO. La definición de la palabra aborto contempla múltiples interpretaciones de acuerdo a una mirada biologicista, legal, filosófica, psicológica, social o cultural. En general se suponen estos dos enfoques posibles: a).
Interrupción voluntaria o involuntaria del embarazo antes de que el embrión o el feto estén en condiciones de vivir fuera del vientre materno y b) Interrupción de una acción o un proceso antes de que finalice o se complete. Es la primera interpretación la que nos convoca a esta participación.
La definición de la Organización Mundial de la Salud es la que ha tomado mayor presencia a nivel global: es “la interrupción del embarazo cuando el feto todavía no es viable fuera del útero. Se considera no viable para la vida extrauterina a un feto que pesa menos de 500 grs. o que presenta una edad gestacional menor a 22 semanas de amenorrea”. El aborto entonces, es un procedimiento para dar por finalizado un embarazo, pero que también se puede producir de manera natural.
Ahora bien, cuál es el origen de la palabra aborto?
Proviene del latín abortus, participio del verbo aborior, y es una palabra compuesta formada por ab que indica separación y orior que significa levantarse, salir, nacer. Entonces el aborto lejos de significar fin o muerte ( como muchos lo refieren) puede pensarse como un nacer o salir de una situación no esperada, no buscada, no deseada.
Las controversias alrededor de las significaciones del aborto han llevado a largas luchas y enfrentamientos entre sectores diversos. Es la historia de mediados del Siglo XX hasta ahora dónde, en distintas partes del mundo, se organizaron los movimientos de mujeres sobre consignas que las trascendían: autonomía y libertad. Estas demandas que incluían a innumerables actores no dejaban por fuera el grave problema de salud pública, la realidad educativa, las implicancias en la subjetividad, las cuestiones éticas, morales, religiosas y tanto más. Por ello el tema es debatido dado que supone legislar acerca de la reproducción social de la vida, condición necesaria para la existencia de una sociedad. En Argentina, como se desarrollara en la entrada pertinente, se expresó en la conformación en el año 2005 de la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito donde, tras la consigna “educación sexual para decidir, anticonceptivos para no abortar, aborto legal para no morir” se logró la legalización el 30 de diciembre de 2020 en la Ley 27610 de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Ello no desconoce la existencia de múltiples luchas y formas organizativas anteriores que fueron sembrando las semillas de la organización.
Historia de las condiciones legales del aborto en Argentina
El código Penal fue sancionado por el Congreso Nacional por Ley N° 11.179 y su vigencia comenzó el 29 de abril de 1922.El delito de aborto es tratado en el Código Penal en el “Libro Segundo. De los Delitos” “Título I. Delitos contra las personas”, Capítulo I de “Delitos contra la vida”. En 4 artículos-del número 85 al 88-, el Código enumera las distintas figuras del delito de aborto, que ponen en consideración diversas situaciones: la de la persona que hiciera el aborto, diferenciando el consentimiento o no de la mujer. El art. 86 plantea lo que llamamos “causales” dado que no será punible si se ha hecho con el fin de evitar un peligro para la vida o la salud de la madre, o si el embarazo proviene de una violación de una mujer idiota o demente. Estos dos elementos son claves porque forman parte del cuerpo de la Ley IVE para aplicarse a partir de las 14 semanas de gestación tiempo en el que sería voluntario. El tema de causales produce una diferenciación entre IVE e ILE. Por otro lado en lo relativo a violación la Corte Suprema de Justicia preciso el alcance de la no punibilidad a toda mujer violada sin necesidad de denuncia policial en el conocido FALLO F.A.L del año 2012.
En estas condiciones se llega al debate en el año 2018 donde se presenta el proyecto de la CNDALSyG que obtuvo media sanción en la Cámara de Diputados y no logró ser refrendada en la Cámara de Senadores. Se volvió a presentar en el año 2019 y luego el presidente de la Nación Dr.Alberto Fernández propuso su propio proyecto que fue debatido y sancionado en el 2020.
Actores involucrados en la práctica del aborto
Son múltiples los actores que se encuentran en la escena del aborto. Una situación que refiere a la libertad de decidir de la persona gestante pero que, en su práctica, supone el ejercicio democrático sobre los cuerpos y la sociedad en su conjunto.
Lo primero las mujeres y personas gestantes que son quienes frente a una situación crítica deben tomar una decisión acorde a sus principios, idearios y potencialidades de vida. Una vida digna supone poder tener acceso a los bienes materiales y simbólicos que permiten llevar adelante una maternidad que debería estar centrada en el deseo. Son quienes han padecido la persecución, la criminalización y han puesto en juego su vida. Para ellxs la legalización supone el acceso a un aborto en condiciones plenas de seguridad.
Por otro lado los profesionales de la salud, que son y han sido actores claves. En principio cuando era imprescindible hacer valer los principios del Código Penal que permitían incluir la práctica en las causales no punibles. Fue un arduo trabajo y lo sigue siendo en muchos países lograr que los profesionales y las sociedades científicas comprendieran esta situación. Hubo muchos casos que pusieron el cuerpo y los saberes al servicio de las posibilidades que la legalidad les permitía haciendo jugar causales muy comprensivas para poder resolver las situaciones diversas. La formación de la Red de Profesionales de la Salud por el Derecho a Decidir permitió generar un entorno de acompañamiento y conocimientos que fueron clave a la hora del debate legislativo y lo son en el período actual de implementación.
El Poder Judicial que daba curso o no a las múltiples demandas que se fueron, a través del litigio estratégico, desarrollando desde el movimiento feminista.
La Iglesia Católica y el conjunto de iglesias pentecostales y neopentecostales que han jugado un papel clave en el desarrollo de las acciones callejeras así como en la formulación de argumentaciones que impidieran lograr la ley. En realidad, como lo han hecho históricamente, que obturaran el desarrollo de la autonomía y la libertad de las mujeres con el propósito de reforzar el patriarcado y los valores tradicionales en relación a la familia y el lugar de las mujeres.
Argumentos a favor y en contra de la legalización del aborto
El debate se plantea en relación a como se define el concepto de vida. Esta definición que trasciende lo biológico supone que el concepto de “vida humana” refiere a una sumatoria de condiciones. El desarrollo de la especie ha pasado por una serie de momentos o fases que no han sido definidas exactamente como lo que hoy se entiende, desde el punto de vista biológico, como vida humana. El debate en la Cámara de Diputados, con la intervención del Dr. Korenblith puso en evidencia los avances científicos respecto del tema y por ello resulta importante destacar los tiempos que definen una interrupción voluntaria del embarazo y los que se encuentran definidos en los plazos de la interrupción legal del embarazo.
Por otro lado, podríamos instalar el debate en términos de “de que vida hablamos”. Ello supone entonces entrar en una definición desde la filosofía y la psicología sobre persona, que supone una integralidad moral y ética de otra dimensión que supone un consenso social y no solo definiciones científicas. Cuándo se es persona y especialmente cuando se goza de derechos?
Ello es lo que marca un punto de diferencia crucial entre los grupos a favor de la despenalización y legalización del aborto y de quienes consideran que es un acto que atenta contra la vida. Un dato a considerar es que la protección jurídica que recibe un feto no es lo mismo que la de un nacido, lo cual mostraría allí algunas diferencias sustanciales más allá de la información del código genético. Ello permite distinguir la relación entre “vida” y “vida humana”.
Los sectores religiosos se oponen a esta distinción porque suponen la vida en su integralidad a partir de la concepción. En ello también la Iglesia Católica ha tenido sus controversias porque en otros tiempos la “hominización” era a partir del tercer mes de la gestación hasta los tiempos actuales que se produce en la misma concepción; entonces cualquier aborto es un asesinato.
Sin embargo, el avance del desarrollo tecnológico, científico y de las ciencias en generales los ha llevado a repensar la mirada sobre la vida y entonces defienden el “ derecho a la vida” y no la vida a secas como antes. Además se han corrido del discurso bíblico y utilizan argumentos de la ciencia ( el ADN), de la sociología, de la psicología ( el síndrome post aborto) y tantas otras ciencias modernas.
El movimiento feminista pone el eje en el derecho a la vida pero en la integralidad de la díada mujer/persona gestante y feto. Por eso se supone que entra la dimensión del deseo, la nominación de hijo que supone las condiciones para maternar, la existencia o no de situaciones de violencia tanto intrafamiliar como económica y otras consideraciones que integran lo que podemos denominar “vida humana”.
Es desde estas consideraciones que la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal Seguro y Gratuito hacía referencia a la ilegalidad como una “deuda de la democracia” en el entendido que en una sociedad capitalista y patriarcal las mujeres y personas gestantes debían recuperar la integralidad de su condición de ciudadanía.
María Alicia Gutiérrez
Bibliografía
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María Alicia Gutiérrez
Socióloga. Profesora titular de la Facultad de Ciencias Sociales UBA. Investigadora del Instituto de América Latina y el Caribe (IEALC) Facultad de Ciencias Sociales UBA. Docente de grado y posgrado en diversas universidades nacionales e internacionales. Consultora de PNUD, UNFPA, UNESCO, OMS y otros organismos internacionales. Ex coordinadora del GT de CLACSO Red Feminista de Memoria en América Latina y el Caribe (2019-2021). Integrante del GT de CLACSO Género, (des)igualdades y derechos en tensión. Directora de proyectos de investigación y coordinadora de proyectos de monitoreo social en el sistema público de salud en Argentina. Coordinadora del Area de Advocacy e Incidencia Politica de FUSA AC. Ha dado conferencias en diversas universidades nacionales e internacionales y en espacios sociales y culturales. Ha publicado libros y artículos en revistas nacionales e internacionales. Entre otros Gutiérrez María Alicia (comp) Entre-dichos cuerpos, Ediciones Godot, Buenos Aires, 2016, ISBN ISBN 978-987-4086-08-2., Gutiérrez María Alicia, El 15 M. Experiencia de los indignados españoles, Editorial La parte maldita, Buenos Aires, 2013, Gutiérrez, María Alicia (Comp.) Voces polifónicas: itinerarios de los géneros y las sexualidades, Editorial Godot, Buenos Aires, 2011, Gutiérrez María Alicia (Comp.) Género y Familia: Rupturas y continuidades, CLACSO, Universidad de la República, Uruguay, CLACSO, Buenos Aires, 2007.